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Kit Digital | Ayudas a la digitalización para PYMES

La digitalización se ha convertido en un tema de rigurosa actualidad, siendo una herramienta necesaria para el trabajo diario. Gracias a las ayudas del Kit Digital esta transformación es posible.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha creado el programa Kit Digital con el fin de impulsar la digitalización de PYMES y autónomos.

División por segmentos

Las ayudas se reparten en función del número de empleados, dividiéndose en tres segmentos.

  • Segmento I, 10 a 50 empleados. Desde el 15 de marzo ya pueden solicitar hasta 12.000€ para invertirlo en las ayudas disponibles. Las solicitudes siguen abiertas, debido a la ampliación de seis meses.
  • Segmento II, 3 a 9 empleados. El pasado 2 de septiembre se abrió la convocatoria con bonos de hasta 6.000€. Durante los próximos seis meses las solicitudes estarán abiertas.
  • Segmento III, 1 a 3 empleados. Se prevé que puedan solicitar el bono digital, 2.000€, a partir de octubre/noviembre.
Catálogo de ayudas para impulsar la digitalización de las PYMES.

Somos agente digitalizador

Laso S.L. se certifica como agente digitalizador. Queremos ayudar a las empresas de transporte a potenciar su productividad, facilitando su trabajo diario.

Con ERP NetOffice Transporte, software de transporte, conseguirá resultados más eficientes gracias a la simplificación de los procesos. Con una única herramienta, el gestor de tráfico planifica las rutas controlando en tiempo real el seguimiento de las mercancías. Este software garantiza la trazabilidad, acorta información entre los departamentos de tráfico y contabilidad, evita las tareas repetidas y la pérdida de información a lo largo del proceso.

ERP NetOffice no solo garantiza la eficacia del trabajo del gestor de tráfico, sino que también acompaña al chófer en su ruta de reparto. NetOffice Driver es una aplicación para conductores que planifica, automatiza y optimiza la gestión de la flota. Una app para transportistas que permite visualizar las rutas asignadas, así como simplificar las gestiones administrativas.

Evoluciona y mejora tu negocio gracias a las ayudas del Kit Digital

Nuestro catálogo de ayudas está compuesto por múltiples soluciones que garantizan la optimización de las rutas, reduce tiempos y ahorra costes.

Para más información, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a solicitar tu bonificación.  

¡Únete a la digitalización!

Nueva Ley | Los conductores no podrán cargar mercancías

Los conductores y transportistas no podrán participar en las operaciones de carga y descarga de mercancías. Pero ¿a quién afecta?, ¿alguna excepción?, ¿existe sanción?…

Todas las respuestas en este post

¿Cuándo entra en vigor?

A partir del 2 de septiembre en todo el territorio español los conductores no podrán participar en la carga de mercancías.

¿A quién afecta esta norma?

Dicha prohibición afecta a todos los conductores y transportistas de mercancías de más de 7.500 kg de MMA, permiso C1. Tanto para conductores por cuenta propia o como ajena.

Deberá cumplirse en todo el territorio español, independientemente del país de origen del conductor o empresa de transporte.

Su incumplimiento conlleva un delito y será sancionado con una multa.

¿Y qué mercancías?

La norma incluye la mercancía y todos los soportes y/o envases como palés, contenedores, soportes, jaulas, etc.

Pero ¿existe alguna excepción?

El Decreto-Ley 3/2022 recoge alguna serie de excepciones. Podrán realizar cargas o descargas: transportes de mudanzas y guardamuebles; transporte en vehículos cisterna; transporte de vehículos basculantes; transportes de portavehículos y grúas de auxilio en carretera; transporte de animales vivos o transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta.

Es decir, todos aquellos supuestos en el que el conductor es el responsable de la carga o descarga, dejando el acuerdo pactado por escrito y reflejando dicha operación, el conductor podrá participar en la ejecución.

Y si se incumple, ¿se impone alguna sanción? ¿A quién?

La infracción será sancionada con una multa entre 4.001€ y 6.000€, siendo responsable la empresa de transporte a la que pertenezca el conductor o empresa titular del centro de carga o descarga, expeditor, intermediario o destinatario que hubieran intervenido en el transporte.

Su incumplimiento conlleva un delito contra la Seguridad y Salud en el trabajo, clasificado como grave.

¿Por qué se ha creado esta prohibición?

El desempeño de estas actividades podría suponer un extra que pone en peligro el descanso del conductor. Se busca mejorar la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y que el chofer se centre en cumplimiento de su trabajo: transportar las mercancías de un destino a otro.